El rapero Angel Doze cumplirá 20 años en prisión sin ningún tipo de
privilegio luego que el juez Ángel Ramírez Ramírez, del Tribunal de Primera
Instancia de Carolina, declaró ayer, lunes, no ha lugar la solicitud de
reconsideración del fallo de culpabilidad.
En un escrito de 16 páginas, basado en los testimonios de los testigos, el
juez se reafirmó en la culpabilidad de Ángel Miró Romero, nombre real del rapero,
y Emanuel López Ortiz, a quienes se les acusó por apuntar a un sujeto con un
arma de fuego.
Al momento de la determinación del magistrado, el rostro de Angel Doze –que
lucía mucho más delgado y con sus manos y pies esposados– se desencajó y el
llanto de los familiares se hizo notar en corte abierta. La esposa del rapero,
que está embarazada, se mostró bien afectada.
Los abogados del vocalista, Edwin Castro y Edwin Prado, presentaron hace
varias semanas un documento en respuesta al recurso suplementario a oposición a
moción de reconsideración a fallo, que entregó la fiscal Luz Ivette Burgos al
magistrado.
Con esta solicitud, los representantes legales del vocalista pretendían
librar a su cliente del artículo 5.07 (arma automática) de la Ley de Armas, que
conlleva un castigo severo, en este caso de 18 años, según el Código Penal.
A eso se le suman dos años en prisión por el artículo 168 basado en la
posesión de un arma hurtada, por lo que el total de años a cumplir encarcelados
es de 20.
Contra Angel Doze, de 25 años de edad, pesan cuatro delitos por portación de
propiedad hurtada, apuntar con pistola y posesión de arma automática alterada.
El vocalista tendrá que pagar $1,200, equivalente a $300 por costas y cargos
de penalidad con relación a la ley de compensación a víctimas.
Emanuel López Ortiz, por su parte, tiene tres cargos de portación de arma
hurtada, posesión de arma automática y portación sin licencia. Además, debe
pagar $900, que son $300 por costas y los tres cargos de penalidad especial con
relación a la ley de compensación a víctimas.
Angel Doze fue arrestado en mayo de 2004 junto a Emanuel López Ortiz en las
fiestas patronales de Carolina, por apuntar con un arma de fuego a Efraín Pérez.
El demandante, según se desprende de la investigación, estaba dentro de su
auto en un tapón cuando hizo sonar la bocina de su vehículo. Esto incomodó al
cantante, provocando un intercambio de palabras y que le apuntara con un arma de
fuego.
Al momento de la detención, quien portaba el arma era Emanuel López Ortiz,
que estaba de pasajero. En la guagua Toyota modelo Rav 4 donde viajaba el
reguetonero había cuatro personas más que no fueron acusadas.
Emanuel López se canta culpable
Mientras el juez Ángel Ramírez Ramírez se disponía a dar su veredicto, el
acusado Emanuel López Ortiz lo interrumpió al manifestar en voz alta que quería
hacer unas expresiones sobre el caso.
El juez Ramírez le permitió expresarse y éste comentó que "lo que quiero
decir es que Ángel Miró no tiene nada que ver en este caso. Lo que se encontró
(el arma) estaba en mi poder".
Sin embargo, el juez procedió a sentenciar a ambos por violación a la Ley de
Armas basándose en los hechos y testimonio de los testigos.
La defensa apelará el veredicto
El licenciado Edwin Prado indicó a PRIMERA HORA que tanto él como su
compañero Edwin Castro no se quedarán de brazos cruzados porque "vamos a apelar
al fallo de la culpabilidad".
"Vamos a tratar de que el Tribunal Apelativo, en base al récord, deje sin
efecto el fallo. Tratamos de buscar un nuevo juicio como alternativa", comentó.
Para el abogado "es una pena tan exagerada y desproporcionada al acto, para
lo que se hizo. Vamos a pelear el caso y contratar los mejores abogados en
apelaciones".